miércoles, 18 de marzo de 2009

Habeas Corpus



El habeas corpus es una institución jurídica que garantiza la libertad personal del individuo, a fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias. Se basa en la obligación de presentar ante el juez, a todo detenido en el plazo de 24 horas, el cual podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontraba motivo suficiente de arresto.

También puede decirse que tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona, que pueda vulnerar dichos derechos.


El habeas corpus lo puede interponer el capturado, su abogado u otra persona. se interpone ante cualquier juez o magistrado sin ser sometido a reparto y la decisión corresponde exclusivamente al juez penal.


El escrito del habeas corpus debe contener:

  • Fecha
  • Funcionario judicial al que se dirige.
  • Nombre completo de la persona privada de la libertad.
  • Motivos por los que se considera la privación de la libertad como violatoria de la Constitución o la ley.
  • Fecha de reclusión y lugar donde se encuentra capturado.
  • Si es posible la identificación del funcionario que ordeno la captura y cargo que desempeña.

Además bajo la gravedad del juramento que se considera prestado por la presentación de la petición deberá afirmarse que ningún otro juez ha asumido el conocimiento de la solicitud de habeas corpus o decidido sobre la misma.
Demostrada la violación de las garantías constitucionales o legales, el juez inmediatamente ordenará la libertad de la persona capturada, por auto contra el cual no procede recurso alguno. Si se niega la decisión la decisión podrá ser impugnada.
En ningún caso el trámite y la decisión sobre el habeas corpus pueden exceder de treinta y seis (36) horas.

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