miércoles, 8 de abril de 2009
La Rama Ejecutiva del Poder Público
La rama ejecutiva está conformada, según el artículo 115 de la Constitución, por el Presidente de la República, los ministros del despacho, los directores de departamentos administrativos, los gobernadores y alcaldes, los superintendentes, los jefes de establecimientos públicos y los gerentes de empresas industriales y comerciales del Estado. A esta numeración deben agregarse el Contador General, la fuerza pública (ejército y policía) y las unidades administrativas especiales.
¿Cuáles son las principales funciones del Presidente?
El artículo 115 de la Constitución prescribe que el presidente de la Republica es Jefe del Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa. En Colombia se habla de un régimen presidencialista porque el Presidetne es el epicentro de toda la actividad política del Estado, es el eje del poder político y motor que impulsa la administración. Tiene reserva de iniciativa legal en materias económicas. El presidente es, en algunos casos, colegislador. Ello ocurre cuando el Congreso le otorga facultades para que expida decretos con fuerza de ley. Puede ser investido de mayores poderes con la declaratoria de los estados de excepción.
En su condición de Jefe de Estado dirige las relaciones internacionales, designa embajadores y cónsules, recibe agentes de otros Estados y participa en la negociación de tratados.
Como Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa cumple, entre otras, funciones de ejecutar leyes, conservar el orden público y reestablecerlo donde fuere turbado, nombrar funcionarios y organizar la administración nacional.
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